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Domingo 27 de febrero de 2005

El Parlamento Vasco aprueba la Ley de Igualdad que establece que las listas de los candidatos serán paritarias

La ley ha sido aprobada con el voto favorable del tripartito, PNV, EA y EB, y del PSE-EE. y la abstención de Sozialista Abertzaleak, el PP ha votado en contra.

El pleno del Parlamento vasco ha aprobado hoy la Ley de Igualdad, que establece la obligatoriedad de que los partidos que concurran a las próximas elecciones autonómicas presenten listas paritarias, integradas "por al menos" un 50% de mujeres.

Esta ley, que ya tendrá vigencia para las próximas elecciones autonómicas de dentro de dos meses, determina que esta paridad se dé en tramos cada seis candidatos, con tres hombres y tres mujeres. Así, entre los seis primeros de cada lista tendrá que haber tres hombres y tres mujeres y así sucesivamente. Según establece la ley, las juntas electorales "sólo admitirán aquellas candidaturas que cumplan" con este requisito de paridad, tanto en los candidatos como en sus suplentes. Asimismo, la ley establece también que el Gobierno vasco deberá tener al menos una representación de mujeres en un 40%.

La ley ha sido aprobada con el apoyo del tripartito (PNV, EA y EB-Berdeak), junto con el PSE-EE, la abstención de Sozialista Abertzaleak y el voto en contra del PP.

Otro de los aspectos "estrella" de esta ley es la creación de una Defensoría de la igualdad entre hombres y mujeres, que se encargará de defender a los ciudadanos ante situaciones de "discriminación por razón de sexo y de promoción del cumplimiento del principio de igualdad" y cuyo titular será designado por el lehendakari para un periodo de cinco años.

Alardes de Irun y Hondarribia

En el ámbito socio-cultural, la ley prohíbe la "organización y realización de actividades culturales en espacios públicos en las que no se permita o se obstaculice la participación de las mujeres en condiciones de igualdad con los hombres", artículo que previsiblemente afectará a los alardes de Hondarribia e Irun. La ley recoge una serie de sanciones por infringir su contenido. Entre las consecuencias de su incumplimiento se encuentran multas económicas que pueden llegar hasta los 45.000 euros y la imposibilidad de acceder a ayudas públicas por un periodo de entre uno y cinco años.



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